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La «Ley seca» : ¿Qué restricciones contempla la medida y hasta cuándo se prolongará?

Este sábado, 11 de abril, a las 8:00 a.m., entró en vigor en todo el territorio peruano la llamada ‘Ley seca’, una de las restricciones impuestas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) con miras a las Elecciones Generales 2026 de este domingo.

El JNE dispuso que la Ley Seca por las Elecciones Generales se prolongará hasta el lunes, 13 de abril, a las 8:00 a.m. 

El artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase y se cierran los establecimientos, o los espacios de los establecimientos comerciales, dedicados exclusivamente a dicho expendio.

Cabe precisar que el inciso a) del Art. 390° de la LOE dispone que el incumplimiento de la ‘Ley Seca’’ tendrá hasta tres tipos de sanciones:

  • Multas: se aplicarán sanciones económicas no menor del diez por ciento del ingreso mínimo vital multiplicado por 30 días de multa (S/ 3 390 soles)
  • Prisión efectiva: en caso los infractores cometan resistencia a las autoridades o hagan disturbios con notables efectos del alcohol, podría recibir una pena no mayor a seis meses de prisión.

Además, los fiscalizadores podrían imponer una clausura e inhabilitación inmediata de los establecimiento que provoquen al desacato de esta normativa.

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