El Poder Judicial condenó a ocho años de pena privativa de la libertad efectiva contra Juan Soto, como autor del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de actos libidinosos en agravio de menores, en perjuicio de una menor de 17 años, fijándose además la suma de 10 mil soles por concepto de reparación civil a favor de la víctima.
Los hechos se registraron el 11 de noviembre de 2025, en Chimbote, cuando la menor agraviada (17) transitaba junto a compañeros de su institución educativa. En dicho trayecto, el imputado abordó a la estudiante para realizarle actos libidinosos no consentidos y proferir frases obscenas. Tras la reacción de la menor y el apoyo de transeúntes del lugar, el sujeto fue retenido e intervenido por personal de la Policía de Tránsito para su posterior traslado a la Depincri Chimbote.
Durante el desarrollo del proceso, la fiscal sustentó con idoneidad los sólidos elementos probatorios, entre ellos: la entrevista única en Cámara Gesell de la víctima, el Certificado Médico Legal, los testimonios de los efectivos policiales intervinientes y las declaraciones de testigos presenciales. Con la contundente acreditación de la responsabilidad penal del imputado, el órgano jurisdiccional emitió el fallo condenatorio.

