El nuevo reglamento de organización y funciones (ROF) del gobierno regional de Ancash, aprobado en el consejo regional mediante la ordenanza regional N° 008- 2017 y publicado el 20 de diciembre del 2017 en el Diario Oficial “El Peruano” autoriza al gobernador regional de Ancash y en lo sucesivo a quienes lo reemplacen, a designar no solo a los funcionarios de línea de dicha entidad, sino también a los cargos de confianza de las unidades ejecutoras, a pesar que éstas cuentan con sus propios directores o responsables.
Esta situación ha generado una fuerte polémica dentro del propio seno del gobierno regional de Ancash, pues se considera que se le entrega un control excesivo a la primera autoridad y peor aún en entes, como por ejemplo, la UGEL Santa, donde el responsable obtuvo el cargo mediante concurso público, sin embargo, con este nuevo reglamento, no podrá designar a sus funcionarios de confianza, sino que dicha labor le corresponde única y exclusivamente al titular del pliego regional.
Quienes se oponen a este reglamento consideran que se incentiva una concentración peligrosa del poder a partir de la publicación de esta norma, mientras que quienes están a favor, explican que el titular del pliego regional, en este caso el gobernador regional de Ancash, tiene facultades para designar a los funcionarios de confianza de las unidades ejecutoras, en el entendido que están bajo su responsabilidad.
Sin embargo, lo que no queda claro, es porque existiendo directores regionales y gerentes de sub regiones, no sean estos funcionarios los que completen su equipo de trabajo con cargos de confianza y sea directamente el gobernador quien decida sobre ellos. Antes se podía, después de la publicación de esta modificación y actualización del ROF, se deja expresa constancia que ello es facultad del gobernador regional.
El artículo 10 referido a la atribuciones del gobernador regional en el nuevo ROF, señala en su inciso C: “Designar y cesar al gerente general regional y a los gerentes regionales, así como designar y cesar a los funcionarios de confianza de las unidades ejecutoras”.
Este reglamento de organización y funciones ya fue publicado en el Diario Oficial “El Peruano” y surte sus efectos desde el día siguiente de su publicación. (DCH)

