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Autorizan nombramiento excepcional de docentes que aprueben dos etapas del concurso

El Congreso de la República publicó hoy la ley que autoriza el nombramiento excepcional de los docentes de la Educación Básica que aprueben las dos etapas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial.

La medida fue oficializada mediante la Ley 32390, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano

Se precisa que la finalidad de la norma es promover el principio de la meritocracia mediante la adjudicación de plazas vacantes y el nombramiento de los docentes de Educación Básica que aprueben las dos etapas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial, las cuales son adjudicadas excepcionalmente en estricto orden de mérito.

En esa línea, se autoriza al Ministerio de Educación, a través de sus instancias de gestión educativa descentralizadas señaladas en el artículo 65 de la Ley 28044, Ley General de Educación, para efectuar el nombramiento excepcional de los docentes de la Educación Básica que aprueben las dos etapas de la evaluación de ingreso a la Carrera Pública Magisterial. 

Dicha autorización contempla la elaboración del cuadro nacional de plazas desiertas del concurso público de nombramiento docente del proceso culminado, del cuadro nacional de méritos actualizado y la adjudicación pública de las plazas.

Se precisa que el nombramiento excepcional de los docentes de la Educación Básica considera las plazas vacantes existentes al 31 de diciembre de cada año en las instituciones educativas.

Se indica también que el Ministerio de Educación y las instancias de gestión educativa descentralizadas efectúan la conversión de plazas eventuales y de bolsa de horas a plazas orgánicas.

De igual manera, esta cartera, en coordinación con las instancias de gestión educativa descentralizadas, efectúa bajo responsabilidad funcional los trámites y procedimientos correspondientes a fin de sincerar y habilitar la totalidad de plazas vacantes (incluye las sujetas a convenios) al 31 de diciembre de cada año.

En las disposiciones complementarias finales de la norma se establece que el Ministerio de Educación adecúa la Resolución Viceministerial 081-2022- Minedu y la Resolución Viceministerial 082-2022-Minedu, en el plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente ley, para que se desarrolle el proceso de adjudicación de plazas docentes existentes al 31 de diciembre del 2024, de conformidad con los artículos 3 y 4 de la presente ley y mediante acto resolutivo correspondiente a iniciarse el primer día hábil de mayo del 2025.

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