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Chimbote: Contraloría detecta que el GRA generó perjuicio económico en obra de protección del rio Lacramarca

La Contraloría ha emitido un informe de control posterior al pago de mayores gastos generales variables por la ampliación de plazo n.° 03 de la obra: Creación del servicio de protección en riberas del río Lacramarca vulnerable ante el peligro en el sector curva El Milagro, distrito de Chimbote, que ejecutó el Gobierno Regional de Áncash (GRA); en la que se determinó que:

Funcionarios y servidor del GRA incurrieron en retraso en el trámite, emisión y notificación de la resolución de aprobación del adicional de obra con deductivo vinculante N° 01; además, tramitaron y dieron conformidad a la ampliación de plazo N° 03 por un periodo que no correspondía, generando el pago de mayores gastos generales variables, ocasionando perjuicio por el monto de S/ 50 698,15.    

 
(…)  se ha advertido que servidores de la Entidad incurrieron en demora en la emisión y notificación de la resolución de pronunciamiento respecto a la procedencia del adicional de obra con deductivo vinculante n.° 01 de la Obra, situación que posteriormente generó la ampliación de plazo de 20 días calendario y el pago de mayores gastos generales variables por el monto de S/21 584,56.

Posteriormente, el consorcio ejecutor de la obra solicitó ampliación de plazo por 47 días calendario, justificando su requerimiento en la demora de la Entidad en la aprobación de adicional de obra con deductivo vinculante n.° 01, habiendo considerado en su cálculo 27 días calendario adicionales a la demora de la Entidad, de los cuales, 9 días calendario correspondían a la tramitación y comunicación de la necesidad del adicional a la Entidad y 18 días calendario al plazo que tenía la Entidad para emitir el pronunciamiento respecto al adicional de obra, la cual fue autorizada por el consorcio supervisor de la Obra.

Pese a que el retraso de la Entidad en la emisión y notificación del adicional de obra con deductivo vinculante n.° 01 era solo por 20 días calendario, funcionarios de la Entidad, tramitaron y dieron conformidad a la ampliación de plazo n.° 03 por 47 días calendario, que incluía 27 días calendarios no computables para la ampliación de plazo, los cuales dieron lugar al pago de mayores gastos generales variables por S/29 113,59.

    Dichas situaciones se realizaron transgrediendo lo establecido en los artículos 85 y 90 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios; ocasionando perjuicio económico a la Entidad por el monto de S/50 698,15.

 

Las situaciones expuestas fueron originadas por el accionar de los funcionarios y servidor, quienes en ejercicio de sus funciones y competencias; no cautelaron el trámite, emisión y notificación de la resolución de aprobación del adicional de obra con deductivo vinculante n° 01; además, tramitaron y dieron conformidad a la ampliación de plazo n.° 03 por un periodo que no correspondía.

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