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jueves, marzo 28, 2024
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Chimbote: Pena suspendida a abogado que pedía dinero para influenciar en juez y fiscal

La Corte Superior de Justicia del Santa, condenó a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, al abogado Omar Alexis Castro Cárdenas, quien se declaró culpable del delito contra la administración pública en la modalidad de tráfico de influencias, en agravio del Estado.
Castro Cárdenas admitió haber señalado a un procesado por el delito de colusión que podría influenciar en la decisión de un magistrado, para lograr que en la sentencia de primera instancia se disponga la suspensión de la ejecución de la pena.
A cambio, el abogado le solicitó el pago de 20 mil soles, los cuales, según manifestó, entregaría al juez a cargo del caso. De ese dinero, diez mil soles le fueron entregados a Omar Castro y el monto restante sería entregado el lunes.
Como pruebas del accionar delictivo, el denunciante entregó cinco grabaciones de audio vía WhatsApp.
Tras ser detenido en su vivienda, en virtud a una orden de detención preliminar en la que también se contempló la incautación de sus teléfonos celulares, el imputado aceptó su delito y reconoció que el dinero que solicitó a su patrocinado era para su beneficio y no para entregárselo a un magistrado. El denunciante también acusó al abogado de cobrarle con anterioridad 40 mil soles.
Con todas las pruebas en su contra, Omar Alexis Castro Cárdenas decidió acogerse a la terminación del proceso penal, por lo que su abogado y el fiscal del caso acordaron que la pena a imponerse sería la de cuatro años suspendida en su ejecución por un periodo de prueba de tres años, así como una inhabilitación por cinco años. La reparación civil se fijó en 4 mil 500 soles.
Este acuerdo fue presentado por la Fiscalía ante el juez Bernardino Pillaca, quien determinó aceptarlo.
Omar Castro, también está obligado a devolver el dinero cobrado al denunciante, a quien tiene prohibido acercarse o establecer cualquier tipo de comunicación.
En caso de incumplir cualquiera de las reglas de conducta fijadas o no pagar la reparación civil, la pena se hará efectiva.

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