La provincia del Santa, en la región Áncash, pasó del nivel de alerta moderado al alto debido al incremento de contagios a causa de la covid-19.
Así lo señala el Decreto Supremo n. º 174-2021 y publicado en el diario oficial El Peruano. En este grupo de provincias también figuran Chepén, Concepción, Huamanga, Sullana, Piura, Sechura, Huancavelica, Talara y Virú, sin embargo, en las otras 19 provincias de la región Áncash aún se mantienen en el nivel de riesgo moderado.
El Ejecutivo dispuso que la inmovilización social obligatoria en todos los distritos de provincia del Santa se cumpla entre las 11:00 p. m. y las 4:00 a. m., desde el 29 de noviembre hasta el 12 de diciembre de este año.
Además, prorrogó el estado de emergencia nacional por un plazo de 31 días calendario, a partir del miércoles 1 de diciembre, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.
Aforos para el nivel de alerta muy alto
Están permitidas las siguientes actividades en espacios cerrados:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 30%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 40%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 30%
- Casinos y tragamonedas: 20%
- Cines y artes escénicas: 30%
- Bancos y otras entidades financieras: 50%
- Templos y lugares de culto: 30%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 40%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 40%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 40%
- Eventos empresariales y profesionales: 30%
- Peluquería y Barbería: 30%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 20%
- Coliseos: 0%
- Gimnasios: 30%
- Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Las actividades en espacios abiertos se podrán desarrollar, respetando el aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias.
Es decir, las artes escénicas, enseñanza cultural, restaurantes y afines en zonas al aire libre.
Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos. Baños termales y actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
Eventos empresariales y profesionales, mercados itinerantes y solo los estadios deportivos deben atender con el 0 % de aforo