La Contraloría General realizó un servicio de control específico a hechos con presunta irregularidad en la Municipalidad Distrital de Coishco, en el que determinó que el otorgamiento de bonificación por escolaridad, derivada de convenio colectivo ratificado para los periodos 2017 y 2018, a favor de funcionarios públicos, empleados de confianza y directivos superiores, se realizó en contravención de la normatividad vigente, ocasionando un perjuicio económico a la entidad por S/ 58 963,00.
Asimismo, de los comprobantes de pago de planillas por escolaridad correspondientes a los periodos 2017 y 2018, remitidos por la Gerencia Municipal de la Entidad, se determinó que durante dichos periodos, se otorgó el beneficio económico de bonificación por escolaridad, habiéndose hecho extensivo a funcionarios públicos, empleados de confianza y directivos superiores, cargos considerados de dirección en su CAPP; no obstante, estos cargos se encuentran fuera del alcance de los beneficios derivados de convenios colectivos, en virtud de lo establecido por el artículo 42 de la Constitución Política del Perú; artículo 40 de la Ley del Servicio Civil y el Informe Técnico n.° 523-2014-SERVIR/GPGSC de carácter vinculante; hecho que generó perjuicio económico a la Entidad por S/58 963,00
La situación descrita ocasionó perjuicio económico a la Entidad por S/58 963,00; originado por la actuación del gerente Municipal, gerente de Asesoría Jurídica, gerente de Planeamiento y Presupuesto y subgerente de Recursos Humanos, quienes en el ejercicio de sus funciones, elaboraron, autorizaron y pagaron las planillas que otorgaron el beneficio económico de escolaridad derivado de convenio colectivo, el cual fue acordado por los integrantes de las comisiones paritarias 2017 y 2018, y posteriormente aprobado por el alcalde con visto bueno del gerente Municipal, gerente de Secretaría General, y gerente de Asesoría Jurídica; a favor de funcionarios públicos, empleados de confianza y directivos superiores, pese a encontrarse excluidos de percibir el referido beneficio económico.
El servicio de control específico comprende el período de 1 de setiembre de 2016 al 30 de abril de 2018, correspondiente a la revisión y análisis de la documentación relativa al hecho con evidencias de presunta irregularidad.
Según en informe N° 047-2020-2-0344, elaborado el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial del Santa, son 9 los funcionarios y servidores públicos que tienen responsabilidad civil y administrativa en el presunto hecho irregular, por lo que se ha recomendado a la entidad disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de las responsabilidades que correspondan; así como dar inicio a las acciones legales civiles.
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