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Contraloría: Funcionarios no deben mantener conflicto de intereses en entidades públicas

Los funcionarios y servidores públicos están prohibidos de mantener conflicto de intereses, por lo que están impedidos de realizar coordinaciones donde sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones propios del cargo, informó la Contraloría General de la Republica.

Como parte de la campaña informativa “Tips de Control” que busca impulsar una gestión pública eficiente y transparente, la Contraloría precisó que los funcionarios y servidores públicos no deben intervenir o participar en el nombramiento, contratación, promoción, sanción o resolución del contrato de un funcionario o servidor público, cuando exista un interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pudiera obtener alguna ventaja o beneficio a su favor o de terceras personas.

Tampoco deben intervenir en la atención, tramitación o resolución de asuntos que se encuentran bajo su ámbito de actuación funcional, en el que tenga algún interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda obtener un beneficio personal, para su cónyuge o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Por ejemplo, un alcalde no puede contratar con una empresa donde sea accionista; un funcionario no puede resolver una sanción administrativa, respecto del servidor que en ese momento está tramitando la licencia de funcionamiento de un familiar suyo.

Aquellos funcionarios o servidores que infrinjan las normas que prohíben mantener conflictos de interés, pueden ser inhabilitados para ejercer la función pública hasta por dos años a través del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) de la Contraloría General.

Ante un caso de presunta inconducta funcional puede formular una alerta ante el Órgano de Control Institucional de la Entidad, la Contraloría Regional o la sede central de la Contraloría General en Lima en forma presencial o virtual a través de https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad

También puede comunicarse con la Central de Denuncias: 330-3000, anexos 1302 ó 1307.

 

admin

admin@ancashaldia.com

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