A partir del martes 9 de septiembre de 2025, entra en vigencia la Resolución SBS N° 00890-2025, que cambia las reglas del seguro de desgravamen en el país. Ahora, este seguro será obligatorio únicamente para créditos hipotecarios, mientras que para préstamos personales y MYPE será opcional.
Esto ha generado preocupación entre los deudores y sus familiares: ¿significa que si un familiar fallece sin contar con seguro de desgravamen, los herederos asumirán la deuda?
Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de la Pacífico Business School, aclara los escenarios:
- Cónyuge bajo sociedad de gananciales: Si el fallecido estaba casado bajo este régimen y adquirió la deuda durante el matrimonio, el banco podría exigir el pago al cónyuge.
- Herencia disponible: Si el fallecido estaba soltero o no aplicaba la sociedad de gananciales, la entidad financiera podría cobrar la deuda con los bienes heredados, pero solo hasta el valor de la herencia.
- Sin cónyuge ni herencia: La deuda “muere con el deudor”. No se puede cobrar a los familiares ni tocar su patrimonio personal.
En resumen, no todos los familiares asumirán automáticamente la deuda de un fallecido. La nueva normativa protege a los deudos limitando su responsabilidad al patrimonio del fallecido o al cónyuge en sociedad de gananciales.
¿Cómo saber si tienes deudas SBS?
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) mantiene un registro de las deudas que las personas tienen con bancos, cajas municipales, financieras, cooperativas y otras entidades supervisadas. Consultar este registro es útil para conocer tu historial crediticio y evitar sorpresas al solicitar nuevos préstamos.
Accede al portal oficial de la SBS y consulta tu deuda: www.sbs.gob.pe. (DLR)

