El tema de la valla electoral para alcanzar curules en el Congreso (5% de votos), y que podría dejar sin inscripción a los partidos que no la pasen, aún genera confusión pues no se sabe si rigen los porcentajes fijados en la Ley 30414, promulgada en enero, o los de la legislación anterior.
La nueva ley electoral, que entró en vigencia en enero pasado, establece un punto adicional para cada partido que se sume a la alianza. De ese modo, si hay una alianza de dos partidos, la valla será de 6 %, pero si son tres, como el caso deAlianza Popular, integrada por el Apra, PPC y Vamos Perú, será de 7 %.
¿Qué dice el JNE?
RPP Noticias conversó con Yessica Clavijo, especialista de la Dirección de Fiscalización del JNE, que hizo una diferencia entre el porcentaje que hay que tener para alcanzar curules en el Congreso (5%) y la cancelación de la inscripción del partido “que se da una año después del proceso electoral”.
“Lo que ha modificado la Ley 30414, es el artículo de la Ley de Organizaciones Políticas que ve el tema de la cancelación que lo verá el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) pasado un año del proceso electoral”, dijo.
“Lo que sí corresponde, cuando la ONPE haga los cómputos para los accesos a las curules, es establecer si se ha pasado el 5% para acceder al Congreso de la República que es lo que establece la Ley Orgánica de Elecciones”, añadió.
“Otro aspecto es el tema de la cancelación (de inscripción de partidos) que establece un límite de 5%, a las alianzas les aumentan un 1%, pero no tiene en cuenta que la Ley Orgánica de Elecciones ya establecía cuáles eran los requisitos para acceder al Congreso de la República”.
Así las cosas, Clavijo señaló que hay un porcentaje para tener curules y en el Congreso (obtener más de 5%) y otro para la cancelación de inscripción de partidos (obtener menos de 5% más 1% por partido que se sume en la alianza).
¿Se podría terminar cancelando partidos que ya tienen representación en el Congreso?
“Sería un contrasentido, bajo esa lógica y con el comunicado que emitió oportunamente el JNE se va a analizar cada caso de manera concreta. A pesar de estas situaciones que generan cierta incertidumbre, el organismo electoral es el máximo ente que debe impartir justicia sin perjudicar derechos adquiridos por las organizaciones políticas”.
Sobre algunos cambios a la ley electoral
“No se pueden hacer reformas con parches ni con normas que se superponen a otras, por lo que es necesario un código que establezca en una línea clara cuáles van a ser el inicio y el final de un proceso electoral”.