En el marco del estado de emergencia a nivel nacional y debido a la situación de conflictividad que se vive en el país, el gobierno ha decidido decretar toque de queda por cinco días en 15 provincias.
La medida se oficializó hoy mediante el Decreto Supremo 144-2022-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma establece inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios en las jurisdicciones y horarios detallados a continuación:
El decreto aclara que durante la medida las personas pueden circular por las vías de uso público para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
Cabe indicar que se encuentran exeptuados de la medida el personal que brinda servicios en el sector salud, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, transporte, vigilancia y seguridad, delivery, restaurantes y hoteles, servicios financieros, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y actividades conexas.
Asimismo, podrán transitar trabajadores de prensa escrita, radial o televisiva siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.
También se permitirá el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.