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Huaraz: Unasam fue sancionada por Indecopi por prohibición discriminatoria y cláusula abusiva

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró fundada una denuncia interpuesta por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (Acurea) contra la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo (Unasam) por un caso de discriminación y otro de cláusula abusiva, y le impuso una sanción pecuniaria de siete Unidades Impositivas Tributarias (UIT), además de medidas correctivas.

El caso de discriminación tiene que ver con un impedimento para estudiar en el centro preuniversitario de la Unasam a las personas cuyos parientes trabajan allí.

Acurea sostiene que tal prohibición se basa en el prejuicio de que todos los parientes -consanguíneos y afines- que trabajan en el centro preuniversitario favorecerán indebidamente al usuario. Agrega que tal prejuicio no tiene ninguna justificación objetiva y razonable cuando se cuenta con otros mecanismos y controles.

En ese sentido, Indecopi declaró fundada la denuncia de Acurea “al haberse acreditado que la Unasam realizó un acto de discriminación en el consumo por razón de parentesco”, toda vez que en el artículo 56 del Reglamento de Gestión Administrativa y Académica del Centro Preuniversitario se niega la matrícula a personas que tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con algún miembro del referido centro, razón por la cual le impuso una sanción de cinco UIT.

Además le ordenó eliminar la prohibición discriminatoria y capacitar a su personal.

Indecopi también declaró fundada la denuncia de Acurea por infracción al artículo 50 literal e) del Código de Protección y Defensa del Consumidor al haberse acreditado que la Unasam impuso una cláusula abusiva en el artículo 61 del Reglamento de Gestión Administrativa y Académica del Centro Preuniversitario, toda vez que solo devolvía el dinero a los alumnos matriculados en el caso de fallecimiento, impedimento físico permanente, accidente y enfermedad debidamente acreditada y constatada.

Por ello la Unasam fue sancionada con una multa de dos Unidades Impositivas Tributarias, así como el retiro o eliminación de la cláusula abusiva, la publicación de un aviso que contenga un mensaje contra la discriminación en la parte exterior de su establecimiento, capacitar a su personal directivo y autoridades para prestar un servicio de educación sin discriminación, realizar la devolución de dinero por causas distintas a las establecidas en el artículo 61 de su Reglamento, entre otros.

La denuncia de Acurea contra la Unasam fue presentada en junio pasado y la resolución de Indecopi donde le da la razón fue emitida el  4 de diciembre. Se trata de una resolución de primera instancia apelable ante el Tribunal de Defensa de la Competencia.

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