El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Huari rechazó por unaminidad con 9 votos en contra y 0 votos a favor el pedido de suspensión por 120 días solicitados por el alcalde del centro poblado Catayoc Richer Clemente Muñoz Mendoza en contra de su homólogo de la Municipalidad Provincial de Huari Lorgio Ríos Ocaña.
La causal, incumplimiento de transferencia de fondos para las Municipalidades de Centros Poblados establecido en el artículo N° 133 de la modificada Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, la cual se llevo acabo el día de hoy mediante sesión extraordinario de Concejo Municipal N° 02 celebrado en el auditorio del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Huari conforme lo ordenado en el Auto N° 00001 del Expediente Jurisdiccional N° 2024001053.
Dicha sesión tendrá que ser notificada al recurrente mediante Acuerdo de Sesión de Concejo y de acuerdo a ello verá si interpone el recurso de reconsideración y/o recurso de apelación , en caso de este último se interponga será el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones quien programe la audiencia y dicte el veredicto.


