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viernes, marzo 29, 2024
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Huarmey: Contraloría alerta que proceso de contratación para obra en IST fue fuera de plazos

La Contraloría ha emitido un informe de control referido a la obra de rehabilitación del servicio educativo del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Huarmey, que ejecuta la Municipalidad Provincial de Huarmey por  S/ 10 178 275.55; en el que se advirtieron riesgos en el proceso de presentación, evaluación y otorgamiento de la buena pro del Procedimiento de Contratación Pública Especial de dicha obra.
El informe No. 22-2022-OCI/2911-SCC, que corresponde al Hito de Control No. 1 – Cumplimiento del cronograma del proceso y registro de la documentación de las etapas en el SEACE, fue elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Huarmey y comunicado al titular de la entidad  para que se tomen las medidas que correspondan.
Se identificaron dos situaciones adversas:
1.- La Entidad modificó el cronograma inicial del procedimiento de contratación pública especial, sin el motivo debidamente justificado ni la aprobación del funcionario competente, así también, no se registró en el SEACE los documentos de sustento de evaluación, calificación y otorgamiento de la buena pro en los nuevos plazos establecidos; situaciones que podrían afectar la continuidad del proceso y el acceso a la información pública para el control social.
(…) De la revisión de las bases integradas del Procedimiento de Contratación Pública Especial, se evidencia que la fecha para la presentación, admisibilidad, evaluación de ofertas y otorgamiento de la buena pro estaba programado para el día 7 de septiembre del 2022. Así también, de la revisión en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado- SEACE, se registra la misma fecha.
(…) Sin embargo, el día 8 de setiembre del 2022, cuando las etapas anteriormente señaladas (Presentación, evaluación y otorgamiento de la buena pro),  ya estaban cerradas en el SEACE, aun así la Entidad modificó el cronograma inicial, dando  dos (2) días hábiles más, es decir la nueva fecha sería el 9 de setiembre del 2022.
(…) como resultado de la revisión del SEACE, respecto a el registro de participantes, presentación de propuestas, evaluación y otorgamiento de la buena pro, se advierte que, a la fecha de emisión del presente reporte de avance de situaciones adversas, no se ha realizado la publicación de tales documentos e información incumpliendo el cronograma establecido en las bases y el cronograma publicado en el SEACE.
2.- El comité de selección aprobó las bases integradas para la contratación de ejecución de obra, sin considerar lo dispuesto en las bases estándar, respecto del valor referencial para acreditar experiencia en obras similares y experiencia personal especialista, contraviniendo los principios que rigen las contrataciones, lo cual podría generar que la entidad incurra en vicio de nulidad del procedimiento de selección.
(…) Respecto del valor referencial para acreditar la experiencia en obras similares.

De la revisión del Capítulo IV de las Bases Estándar del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobadas mediante Resolución de Dirección Ejecutiva n.° 056-2020-RCC/DE, de 25 de julio de 2018 y sus modificatorias; en adelante, Bases Estándar, se aprecia el cuadro “Evaluación técnica” – “A. Experiencia en obras similares”, en el cual se consigna que se evaluará considerando el monto facturado acumulado hasta tres (3) veces el valor referencial de la contratación o del ítem en la ejecución de obras similares.

Sin embargo, de la revisión de las Bases Integradas del Procedimiento de Contratación Pública Especial n.º 02-2022-MPH/CS, aprobadas por la gerencia municipal a solicitud del comité de selección con fecha 24 de agosto de 2022, en la cual se observa que la Entidad no ha considerado el valor establecido; por el contrario, el comité designado modificó este criterio colocando el límite de hasta una (1) vez el valor referencial.

–      Respecto del experiencia del personal especialista se compute desde su colegiatura

De la revisión de las Bases Integradas  en el “Capítulo III – Requerimiento”, literal C. – “Carta de compromiso presentación y acreditación del personal especialista y equipamiento”, “C.2 – Experiencia del personal especialista”, se advierte que la Entidad, ha requerido, para todo el personal especialista, que la experiencia se compute desde la colegiatura, siendo distinto a lo estipulado en las Bases Estándar

Por ello, la contravención de normas legales por parte del Comité de Selección conllevaría a un vicio de nulidad, establecido en el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 302255 Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, dado que éste contravino lo dispuesto en las Bases Estándar y el Reglamento, respecto a los factores de evaluación, afectando el derecho de los postores e infringiendo los principios de libertad de concurrencia y transparencia de la contratación pública.

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