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«Los Waykis en la Sombra»: Poder Judicial revoca prisión preventiva contra Nicanor Boluarte

La Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó la orden de 36 meses de prisión preventiva que pesaba contra Nicanor Boluarte Zegarra y otros en la investigación por el caso conocido como Los Waykis en la Sombra.

Dicha sala resolvió, por mayoría, declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de los investigados Boluarte Zegarra, Jorge Luis Ortiz Marreros, Zenovia Griselda Herrera  Vásquez y Jorge Chingay Salazar y Noriel Chingay Salazar.

El tribunal reformó la resolución emitida por el juez Richard Concepción Carhuancho, del Primer  Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, y declaró improcedente el requerimiento de prisión preventiva  formulado por el Ministerio Público.

En consecuencia, la Quinta Sala de Apelaciones impuso mandato de comparecencia simple contra los mencionados  procesados.  

El 19 de noviembre del 2024, el juez Concepción Carhuancho aprobó el requerimiento del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), el cual solicitó 36 meses de prisión preventiva para varios implicados en el caso Los Waykis en la Sombra, entre ellos Nicanor Boluarte.

El Poder Judicial informó que el voto en mayoría de los jueces Quispe Aucca y Lugo Villafana, consideró que no corresponde a un escenario cautelar establecer la constitucionalidad o convencionalidad de una norma de derecho material. 

«La resolución que se pronuncia sobre un requerimiento de prisión preventiva no es una sentencia anticipada de condena; para su imposición el juez debe verificar el cumplimiento de los presupuestos establecidos en el artículo 268 del Código Procesal Penal evaluando su aplicación para evitar los riesgos de fuga o de obstaculización de un proceso penal respecto de delitos graves en los que se tenga una alta probabilidad de condena a pena efectiva», se indica.

En tanto, el Poder Judicial refirió que el voto en discordia de la jueza Felices Mendoza se pronuncia por declarar la nulidad de las resoluciones que resolvieron imponer prisión preventiva, y que otro juez de investigación preparatoria emita un nuevo pronunciamiento.

admin

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