Poder Ejecutivo hizo oficial que el 27 de julio será día no laborable a nivel nacional

     

    El Poder Ejecutivo publicó hoy el decreto supremo que establece que el próximo 27 de julio será día no laborable a escala nacional para los trabajadores del sector público y privado, el cual, sin embargo, se considerará día hábil para fines tributarios.

    Según la norma, las horas dejadas de trabajar esa fecha en el sector público serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública en función de sus propias necesidades.
    En tanto, en el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se fijará la forma en que se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. Se establece que a falta de acuerdo decidirá el empleador.
    Se encuentran exceptuadas del día no laborable aquellas ocupaciones indispensables, en todo tipo de empresa, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa.
    Tales labores y la designación de los que deben desempeñarlas serán determinadas por el empleador.
    El Ministerio de Trabajo atenderá las consultas que por distinta vía le formulen las entidades o empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada, sobre la aplicación de los supuestos de excepción previstos en el presente decreto supremo.
    La norma lleva las firmas del Presidente de la República, Ollanta Humala; así como del jefe del Gabinete de Ministros, Pedro Cateriano; y de los titulares de Comercio Exterior y Turismo,Magali Silva, y de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate.