Dicen que el tiempo borra todo y que la mente es frágil para olvidar; sin embargo en las páginas de la vilipendiada Unasam, yace escrita uno de los casos de corrupción más emblemáticos que llegó hasta el Tribunal Constitucional del que hoy no se habla; pues se trata de un desfalco de más de dos millones de soles, que motivó la destitución de Bailón Sánchez Guerrero y de José Narváez Soto, este último ahora es candidato con el número 5 al rectorado de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.
El caso inicia cuando el Consejo Universitario detecta irregularidades en la administración de la filial de la Unasam en Barranca y solicita a la entonces Asamblea Nacional de Rectores (ANR), una auditoría financiera y de gestión a esta dependencia de la Unasam, lo que encuentra es realmente escandaloso que aquí le contamos.
El 5 de marzo del 2001, la ANR remite a la Unasam un informe de auditoría realizada a la filial de la UNASAM en Barranca. Dicho informe, da cuenta de una veintena de irregularidades cometidos por José Narváez Soto, ex rector y Bailón Sánchez Guerrero, ex vicerrector administrativo, que devino en la destitución de ambos personajes.
Entre los hallazgos de la Auditoria de la ANR, da cuenta de la carencia contable de los ejercicios fiscales del año 1995 y 1996, pagos injustificados de S/. 125,985.28 soles, comprobantes de pagos por concepto de cerveza de más de S/. 7,500 soles, compra de torta por S/. 4,434.00, impresión de mil ejemplares de revista por más de 11 mil soles y deudas de 98,973.00 mil soles por pensiones de enseñanza y de 43.995.00 por ciclo cero.
Asimismo, se detecta dos préstamos del Banco Continental por 70 mil y 100 mil soles, dejando como garantía, las unidades vehiculares de la universidad. Un viaje a Cuba con recursos de la Universidad sin ninguna autorización de esta casa superior de estudios.
Además, el informe contempla que no se encontró los registros de ingresos ni salidas de materiales de construcción donados por la municipalidad de Barranca, así como los adquiridos por la Unasam, por un monto total de 146, 329.41 soles.
El documento también refiere que el aspirante al rectorado por la lista dos de Ideas Unasam, es responsable de pagos irregulares y desaparición de bienes, entre otros de carácter grave, que en suma se han ejecutado extra presupuestalmente del pliego de la Unasam, hasta por un monto de 2 millones, 104 mil 90 soles de carencia de información contable de los ejercicios 1995 y 1996.
Por todos estos hechos, mediante resolución Rectoral N° 412-2001-UNASAM, se instaura una Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el mismo que recomienda la destitución de ambos personajes.
De esta manera, mediante Resolución Rectoral N° 096-2002-UNASAM de fecha 15 de marzo del 2002, se resuelve destituir de la función pública al José Narváez Soto, sin embargo, el acusado apela la decisión ante la ANR pero sin éxito; ya que el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios de la ANR, mediante resolución N° 037-2003-CODACUM, el 21 de marzo del 2003, ordena al Consejo Universitario de la Unasam cumplir la destitución de este funcionario por los graves actos cometidos en el ejercicio de su función como rector, de conformidad con la Ley Universitaria, la Ley de la Carrera Administrativa y su Reglamento y Estatuto de la UNASAM.
En tal sentido, el Consejo Universitario, mediante Resolución Consejo Universitario-Rector, el 30 de abril del 2003, mediante resolución N° 239-2003-UNASAM, le impone la sanción de DESTITUCIÓN definitiva de la Unasam y la INAHABILITACIÓN de cualquier función pública por un periodo de 5 años a José Alejandro Narváez Soto.
FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS:
No conforme, el aludido por segunda vez, apela la decisión ante la ANR quien declara infundado el pedido y ratifica en todos sus extremos la decisión del Consejo Universitario; disponiendo a la Facultad de Ciencias Agrarias y a las oficinas y demás dependencias el cumplimiento del mismo.
Al no tener resultado en la ANR, Narváez Soto recure su apelación a la misma Unasam, el mismo que deniega su recurso siendo rector Dr. Enrique Huerta Berrios. Pero no da su brazo a torcer y vuelve a apelar la decisión ante la ANR, éste, contradiciendo toda su decisión anterior, concede la apelación.
Paralelo a esta artimaña, el líder de Ideas Unasam, interpone una Acción de Amparo contra el Rector de la Unasam para declarar nula su destitución ante la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Áncash y este le niega el recurso. Insatisfecho, Narváez Soto interpone la apelación ante el Tribunal Constitucional quien resuelve IMPROSEDENTE, el 22 de junio del 205.
Ya en el año 2018, Narváez Soto, solicita su reincorporación en mérito a la prescripción de la causa, siendo Fernando Castillo Picón, rector de esta casa superior de Estudios; ya que dicha autoridad, no interpuso ninguna demanda judicial por los graves daños ocasionados a la Unasam.
