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PRODUCE: Autorizan primera temporada de pesca desde el 22 de abril en zona centro-norte

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó el inicio de la primera temporada de pesca de anchoveta del 2025 en la zona centro-norte del Perú, a partir del próximo 22 de abril y culminará una vez alcanzado el límite máximo de captura permisible autorizado o, en su defecto, cuando lo recomiende el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).

Mediante Resolución Ministerial N° 00148-2025-Produce, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se dispone esta medida que será aplicada para la anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo nacional y los 16°00’ Latitud Sur.

El límite máximo total de captura permisible del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente a la primera temporada de pesca 2025 de la zona centro-norte, es de 3 millones de toneladas.

Sólo podrán realizar faenas de pesca, en el marco de la presente resolución ministerial, las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante esta presente temporada de pesca.

El Produce dispuso que se prohíbe la extracción y/o procesamiento de ejemplares de anchoveta y anchoveta blanca con tallas menores a las previstas en las normas vigentes, permitiéndose una tolerancia máxima de 10% expresada en número de ejemplares.

Cuando se extraigan ejemplares juveniles de anchoveta en porcentajes superiores al 10% de los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un período mínimo de tres días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desembarques pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado.

La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Produce publicará el listado de embarcaciones impedidas de efectuar el zarpe con fines de , conforme a lo previsto en el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital.

Los titulares de las embarcaciones pesqueras con permisos de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta y anchoveta blanca permiten y brindan las facilidades necesarias para el desarrollo y cumplimiento de las funciones del Produce, incluyendo las actividades a ser realizadas por los fiscalizadores acreditados por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción.

Las direcciones correspondientes del Produce, así como las dependencias con competencia pesquera de los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial.

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