El Jurado Nacional de Elecciones corrió traslado con fecha 26 de octubre último de la solicitud de vacancia del alcalde Edgard A. Via Melgarejo, al Consejo Provincial de Pomabamba para su tramite correspondiente. La solicitud fue planteada por el ciudadano Macedonio Leoncio Sánchez Romero.
De acuerdo al documento presentado por Sánchez Romero su pedido de tramitar la vacancia del alcalde Edgard Via Melgarejo, esta prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (restricciones de contratación).
El concejo municipal deberá convocar a una sesión extraordinaria dentro de los cinco días hábiles de recibido el documento; los actuales regidores municipales, deben pronunciarse de acuerdo a ley y serán responsables en la sustentación de sus posiciones de manera documentada: son pasibles de ser también denunciados penalmente y vacados de existir alguna componenda entre las partes.
En caso de que no se interponga recurso de apelación a la decisión tomada por los los regidores, el acuerdo de consejo deberá ser remitido al JNE para las acciones correspondientes.


