Los hechos expuestos transgredieron lo establecido en la Ley n.° 30334, Ley que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015; Decreto Supremo n.° 012-2016-TR que dicta las Disposiciones de la Ley n.° 30334, referidas al pago de la bonificación extraordinaria; y el Informe Técnico n.° 1789-2016-SERVIR/GPGSC de carácter vinculante, que prescribe el reconocimiento de abonar al trabajador el monto del aporte a Essalud, sin ser extensible a servidores que perciban aguinaldos.
Al respecto, como se puede apreciar en el cuadro n.° 2, elpersonal con que contaba la Entidad, y que se encontraban en el régimen de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, D.L. Nº 276 (nombrado, contratado y obrero) fue el siguiente: 167 en julio 2019; 165 en diciembre de 2019; 164 en julio de 2020; 159 en diciembre de 2020, y 160 en julio 2021 quienes percibieron la bonificación extraordinaria a pesar de no estar comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada, régimen que por su naturaleza percibe gratificaciones, siendo este requisito necesario e indispensable para alcanzar dicha bonificación.
Al respecto, se evidencia que la Entidad a través del área de Compensaciones de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, elaboró y aprobó las planillas de aguinaldos que posteriormente fueron pagados con los siguientes montos: S/35 510,26 en julio de 2019, S/35 110,95 en diciembre de 2019, S/35 752,37 en julio 2020, S/34 519,09 en diciembre de 2020, y S/34 614,36 en julio de 2021, cuya suma total asciende a S/175 507,03
Vista la exposición normativa, se concluye que la bonificación extraordinaria correspondiente a Essalud que el empleador debe abonar a favor del trabajador, es aplicable al personal que percibe gratificaciones, siendo estos los comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada (D.L.N° 728), mas no es extensible para aquellos trabajadores que perciban aguinaldos como es el caso en la Entidad, que se otorgó al personal comprendido en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, D.L. N° 276.

