A finales de febrero, la alcaldesa de la Merced presentó una serie de denuncias contra un asesor del alcalde de Aija, alegando malos tratos tras pedirle cuentas al alcalde de Aija por el convenio firmado con la Cía. Minera Lincuna.
En la primera semana de marzo, el alcalde de Coris, emitió declaraciones confirmando que su distrito no había recibido nada del millón de soles que la Cía. Minera Lincuna le pagaba anualmente al alcalde de Aija, ya que éste no había redistribuido nada.
Días después, los cuatro alcaldes distritales presentaron una solicitud escrita de rendición de cuentas al alcalde de Aija y a la propia Cía. Minera Lincuna.
La respuesta del alcalde de Aija del lunes 17 de marzo se apoyó en una interpretación sesgada del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública:
(i) A pesar de que se le pidió que rindiera cuentas sobre las facultades de representación que los alcaldes le otorgaron como presidente del CCLP Aija, el alcalde de Aija se desvió del tema y respondió como si le estuvieran solicitando la documentación que obra en poder de la entidad financiera que administra el fideicomiso; (ii) Según el literal 2.2 del convenio, la Municipalidad de Aija participa también como “máximo órgano de coordinación y concertación” tanto del pueblo de Aija como de los alcaldes distritales y, según el literal 3.2.2 es en la condición de representante del CCLP Aija que solicita la creación del Fondo de Responsabilidad Social a la Cía. Minera Lincuna; y (iii) De hecho para administrar el Fondo, el literal 6.2 establece que el “Comité de Gestión” está integrado por representantes del CCLP Aija, no por el alcalde de Aija a título personal.
Como se mostró en las órdenes de transferencia publicadas a finales de febrero, hay tres partes involucradas en este contrato de fideicomiso: (1) la Cía. Minera Lincuna, que es fideicomitente y fideicomisario; (2) La Fiduciaria, que es el fiduciario; y (3) la Municipalidad de Aija en representación del CCLP Aija, que es quién decide a quién se le paga cada vez por los “beneficios en especie” que recibe del fideicomiso. Por esta razón, la firma del alcalde de Aija figura en todas las órdenes de transferencia.
Por tanto, ¿acaso el alcalde de Aija afirma que no conserva una copia como comprobante de las órdenes de transferencia que firma en su condición de funcionario público? ¿O sería legal que acudiera a las oficinas de la Cía. Minera Lincuna a firmar y sellar todos los documentos que le proponen, sin estar obligado a conservar una copia?
¿Es casualidad que la respuesta del alcalde de Aija a los alcaldes distritales esté escrita en papel membretado de la Municipalidad de Aija, pero sin indicar un correlativo ni el tipo de documento emitido? ¿Quizás para “no tener la obligación” de guardar una copia?
¿Será que el alcalde de Aija busca escudarse en la cláusula de reserva y confidencialidad del convenio para eludir sus funciones y seguir encubriendo lo que ya se denunció aquí: que el convenio solo beneficia al distrito de Aija y fue elaborado en perjuicio de todos los habitantes del valle de Huarmey, quienes padecen las consecuencias del aumento de contaminación autorizado por el SENACE a la Compañía Minera Lincuna desde 2023?
Pretendieron tener en reserva dicho presupuesto para fines personales, golpearon caja chica según sus fuentes internas, la comunidad de la provincia de Aija exige la rendición de cuenta de este presupuesto para el desarrollo de la provincia y distritos. (NL)

