Áncash: Toque de queda se mantendrá de 2 a.m. a 4 a.m. en la región hasta el 14 de noviembre

    El toque de queda se mantendrá de 2 a.m. a 4 a.m. en la región Áncash hasta próximo el 14 de noviembre, de acuerdo con la norma del Poder Ejecutivo que actualiza las restricciones y aforos por la pandemia de la covid-19.

    El Decreto Supremo 167-2021-PCM, publicado el sábado último en El Peruano, indica que en el resto del país se aplicará el mismo horario, excepto en tres provincias (Chanchamayo, Chincha y Sullana el toque de queda será desde las 11 p.m. hasta las 4 a.m.). Además, en dichas ciudades ya no habrá ingreso a los estadios deportivos ni a los coliseos.
    Aforos
    A partir del lunes 1 de noviembre los siguientes porcentajes de aforo en sus distintas actividades, de acuerdo con el Decreto Supremo.
    Nivel de alerta alto: 
    • Actividades en espacios cerrados:
    Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
    Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
    Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
    Casinos y tragamonedas: 40%
    Cines y artes escénicas: 40%
    Bancos y otras entidades financieras: 60%
    Templos y lugares de culto: 40%
    Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
    Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
    Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
    Eventos empresariales y profesionales: 50%
    Peluquería y Barberia: 50%
    Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
    Coliseos: 0%
    Gimnasios: 40%
    Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
    Artes escénicas
    Enseñanza cultural
    Restaurantes y afines en zonas al aire libre
    Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
    Baños termales al aire libre
    Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
    Eventos empresariales y profesionales al aire libre
    Mercados itinerantes
    Estadios deportivos: 0%
    En tanto, en el resto de las provincias del país, incluyendo Lima y Callao, los aforos se mantienen como sigue a continuación:
    Nivel de alerta moderado:
     
    Actividades en espacios cerrados:
    Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%
    Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
    Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
    Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas:  100%
    Casinos y tragamonedas: 50%
    Cines y artes escénicas: 50%
    Bancos y otras entidades financieras: 60%
    Templos y lugares de culto: 50%
    Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60%
    Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
    Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
    Eventos empresariales y profesionales: 60%
    Peluquería y Barberia: 60%
    Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
    Coliseos (vacunados con 2 dosis):20%
    Gimnasios: 50%
    Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
    Artes escénicas
    Enseñanza cultural
    Restaurantes y afines en zonas al aire libre
    Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
    Baños termales al aire libre.
    Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
    Eventos empresariales y profesionales al aire libre
    Mercados itinerantes
    Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 20%

    Estado de emergencia

    La norma también decreta ampliar el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir del lunes 1 de noviembre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.

    Se recuerda que, durante ese periodo, queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
    El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente, agrega el decreto.