ü No se encontró personal técnico ni obrero, solo un guardián quien nos brindó acceso al campamento donde se verificó el cartel de obra y oficinas, vestuarios, tópico, baños portátiles, almacén.
ü Se verificó habilitado de acero para muros de concreto armado; estos aceros están expuestos, en proceso de oxidación, cubiertos por material propio de río, distancia entre eje de aceros varía. Hay tres (3) pantallas de muro con encofrado y solo en uno se vació concreto. (Coordenada 800380E y 8951547N, aproximadamente).
ü En sentido FIN-INICIO (según expediente técnico), se verificó inicio del canal de concreto en la coordenada 800113E y 8951729N, aproximadamente.
ü Se verificó juntas de dilatación de 11/2” en canal con tecnopor sellado con concreto desprendido.
ü En la coordenada 799049E y 8951594N, aproximadamente, el canal cruza hacia el otro lado de vía, no se advirtió alcantarilla; asimismo, no se evidencia base de afirmado. Paredes laterales del canal presentan un deterioro prematuro.
(…) Lo revelado en la visita de verificación física de 12 de mayo de 2023, muestran un deterioro prematuro en algunos elementos construidos; así como, incumplimientos a las especificaciones técnicas del expediente técnico.
A todo esto, con acta n.° 059-2023-OCI-MPC-0335 de 23 de mayo de 2023, se solicitó al ingeniero Edwin Junior Roncal Ascate (gerente de Infraestructura, Desarrollo Urbano Rural y Obras), las acciones para el reinicio de la obra, entregando la carta n.° 0089-2023-EJRA/GIDUR-MDABA de 29 de marzo de 2023 (comentada anteriormente en el ítem 4.4) y la carta n.° 0123-2023-EJRA/GIDUR-MDBA de 12 de mayo de 2023, dirigida al ingeniero Pedro Saúl Elogio Buiza, en su calidad de representante común de la supervisión, en la cual comenta la visita realizada por su despacho junto a la comisión de control, habiendo constatado que el Río Sechín se encuentra seco en su totalidad, notificando que es propicia la oportunidad para reiniciar los trabajos suspendidos.
Sin embargo, a la fecha de emisión del presente informe, pese a que ya no hay caudal en el río ni lluvias en el área de ejecución de la obra, según lo verificado en la inspección física; la ejecución de la obra no se ha reiniciado, posibilitando un mayor deterioro en los elementos ya construidos, y la solicitud de ampliaciones de plazo o prestaciones adicionales, afectando el presupuesto de la obra; esto, contraviniendo el numeral 74.1 del artículo 74 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios
De lo mencionado en el párrafo anterior, el presupuesto base usado para convocar el procedimiento de selección del contratista que más se acerca al costo total de obra es S/4 783 803,27, monto que fue ofertado por el postor ganador, hecho que significaría un factor de relación de 1,0 y no de 0,99999. Cabe precisar que, ambos documentos tienen el visto bueno de Alcaldía, Secretaría General y Asesoría Jurídica.
De lo expuesto se evidencia que existen varias versiones del expediente técnico, con cotizaciones que no sustentan la fecha de elaboración del presupuesto y con fórmula polinómica con un coeficiente de incidencia “e” que no corresponde, lo cual ocasionaría la variación del coeficiente de reajuste “K” de las valorizaciones de la obra y en consecuencia el reconocimiento de montos económicos por reajustes que no son reales.
Es preciso señalar que, la cláusula décima quinta del contrato de ejecución de la obra n.° 018-2022-MDBA/GM de 2 de diciembre de 2022, establece penalidades relacionadas a la prestación de la ejecución de la obra sin la dirección técnica correspondiente, en cuyo caso, de acuerdo a lo advertido líneas arriba, el monto de la penalidad ascendería a S/428 175,00 de acuerdo

