La Contraloría determina perjuicio de S/ 29 mil en la adquisición de planta generadora de oxígeno medicinal para el hospital; y determina responsabilidades civil y administrativa en 5 funcionarios de la Municipalidad Provincial de Huarmey
La Contraloría ha emitido un informe de control posterior referido a la adquisición de una planta generadora de oxígeno medicinal para el Hospital de Apoyo de Huarmey, ejecutado por la Municipalidad Provincial de Huarmey con una inversión de S/ 480 000; en el que se determinó que:
Funcionarios de la entidad efectuaron la modificación de las especificaciones técnicas, pese a que la DIRESA solo autorizó el cambio de la planta de oxígeno de duplex a simple.
Asimismo, viabilizaron el pago omitiendo la aplicación de la penalidad por incumplimiento contractual en la instalación de la planta de oxígeno medicinal, ocasionando perjuicio económico a la entidad por S/29 333,37
(…) la sub gerente de Logística y Patrimonio y el sub gerente de Obras Públicas de la Municipalidad de Huarmey, modificaron las especificaciones técnicas (excluyeron las características señaladas en los literales A05, A07, A09, B04,B19 y B27 ) de la planta generadora de oxígeno, sin contar con la opinión favorable de la DIRESA con la finalidad que la oferta más económica presentada por SERALT S.A.C ( se presentaron cuatro (4) postores) cumpla con el requerimiento, pese a que la DIRESA remitió en su momento a la Municipalidad Provincial de Huarmey e incidió que es obligatorio su obligatorio cumplimiento.
Sin embargo, a pesar de ello, los funcionarios realizaron las modificaciones que fue solicitado por la sub gerente de Logística y Patrimonio mediante informe n.º 413-2021-MPH/SGLyP de 12 de marzo de 2021 y aprobado con proveído n.° 096-2021-MPH/GI/SGOP/RCAR de 12 de marzo de 2021, siguiendo con el proceso de contratación directa para luego firmar el contrato de adquisición de bienes n.º 002-2021-MPH/GM de 17 de marzo de 2021, con la empresa SERALT S.A.C en adelante “Contratista”, quien debía entregar y realizar la instalación de la planta generadora de oxígeno como plazo máximo el día 1 de mayo del 2021.
Sin embargo, incumplió con el plazo, realizándolo recién el día 12 de mayo de 2021, conforme se evidencia en las actas de visitas de inspección realizadas por el Órgano de Control Institucional, así como, en su acta de instalación y prueba y check list de entrega, firmados por el Contratista y la sub gerente de Obras Públicas por lo tanto se debió aplicar la penalidad por mora por los once (11) días de retraso por el importe de S/29 333,37.
Posteriormente, la empresa Contratista realiza su solicitud de pago por concepto de instalación de planta generadora de oxígeno, por lo que para dar la conformidad de la recepción de la entrega del bien, la sub gerente de Obras Públicas (Área usuaria), solicitó la contratación de un especialista Ingeniero Mecánico para verificar las especificaciones técnicas establecidas en el requerimiento con las del equipo instalado por la empresa Contratista. Ddicho profesional mediante carta n.º 003 / JJRMCH-IC / MPH de 16 de junio de 2021 realizó su informe de verificación, que fue remitido por la Sub gerente de Logística y Patrimonio a la empresa Contratista, para el levantamiento de observaciones, de incumplimiento de especificaciones técnicas por parte de la empresa SERALT S.A.C.
Situaciones que no fueron advertidas por el sub gerente de obras públicas, quien otorgó la conformidad de entrega de bienes mediante informe n.º 518-2021-MPH-A-GM-GI/SGOP de 21 de diciembre de 2021,sin aplicar la penalidad por mora y por la sub gerencia de Logística y Patrimonio quien mediante informe n.º 2763-2021-MPH/SGLyP de 30 de diciembre de 2021, remitió el informe de pago por adquisición de planta de oxígeno al sub gerente de Contabilidad, tampoco sin pronunciamiento sobre la aplicación de la penalidad.
Seguidamente, el sub gerente de Contabilidad y encargado de control previo, tampoco advirtió de la no aplicación de la penalidad por mora y viabilizó el pago poniendo su visto bueno y dando la legalidad al gasto, derivándolo mediante proveído n.º 1537-2021, de 30 de diciembre de 2021, al gerente de Administración y Finanzas, para que prosiga con el trámite correspondiente, quien finalmente realiza la orden de pago n.º 159 de 21 de enero de 2022, efectivizándose mediante los comprobantes de pago N° 00294 y 00295 de 24 de enero de 2022 respectivamente por los importes de S/300 000,00 y S/180 000,00.
Contraviniendo con ello; la cláusula décima, relacionado a recepción y conformidad de la prestación y décimo tercera: Penalidades, del contrato de adquisición de bienes n. º 002-2021-MPH/GM de 17 de marzo de 2021 ; así como los artículos 5°, 161° , 162° y 168º del Reglamento de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225 (vigente desde el 30 de enero de 2019), relacionados a la organización de la Entidad, penalidades, penalidades por mora y recepción y conformidad respectivamente.
Los hechos descritos han ocasionado un perjuicio económico a la Entidad por S/29 333,37. Situación que fue ocasionada por el accionar de los funcionarios de la Entidad, quienes en el ejercicio de sus funciones cambiaron las especificaciones técnicas, para que el proveedor contratado finalmente cumpla, así como omitieron la aplicación de la penalidad por mora, otorgando la conformidad, permitiendo con ello la tramitación del pago, pese al incumplimiento contractual.
El informe de servicio de control específico a hechos con presunta irregularidad No. 029-2022-2-2911 fue elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Huarmey y comunicado al titular de la entidad con las recomendaciones para disponer el inicio de las acciones para el deslinde de las responsabilidades que correspondan, de los 5 funcionarios y servidores públicos de la MPH, comprendidos en los hechos. Además, al Procurador Público de la Contraloría para dar inicio a las acciones legales penales contra los mismos.