En mayo, los bolsillos de los trabajadores recibirán una importante inyección de dinero, ya que entra en vigencia una serie de medidas, la primera de ellas el incremento de la Remuneración Mínima Vital(RMV), que desde hoy subirá en 15% o S/ 100, es decir, pasará de S/ 750 a S/ 850.
El Ejecutivo estima que esta medida beneficiará a más de 600 mil trabajadores peruanos.
Además, este aumento del sueldo mínimo impactará positivamente en la asignación familiar que reciben los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, pues este beneficio se incrementará en 10 soles, de S/ 75 a S/ 85.
Según precisión del Ministerio de Trabajo, la asignación familiar es equivalente al10% del sueldo mínimo, que a partir de hoy, 1º de mayo se elevará de S/ 750 a S/ 850, es decir, a S/ 85.
El alza de la RMV permitirá que la remuneración diaria de los trabajadores del sector agrario, regulada por un régimen especial, se eleve de S/ 29,26 a S/ 33,16.
En tanto, para los trabajadores con jornada laboral en horario nocturno (de 10 p.m. a 6 a.m.), la remuneración mínima que recibirán pasará de S/ 1.012,50 a S/ 1.147,50. Este sueldo equivale a una RMV más 35%.
Asimismo, se eleva la remuneración mínima de los trabajadores mineros, que equivale a un 25% adicional de una RMV, por lo que pasará de S/ 937,50 a S/ 1.062,50.
Ya llega la CTS
Además, hasta el 15 de mayo, los empleadores tienen plazo para depositar laCompensación por Tiempo de Servicios (CTS) de sus trabajadores.
Cabe destacar que los trabajadores podrán retirar de su fondo CTS, si así lo desean,el excedente de 4 sueldos (estos cuatro son intangibles).
Además, esta será la primera vez que los trabajadores estatales del régimen 728reciban el depósito de su CTS. Se calcula que son 70 mil los servidores de este régimen que se verán beneficiados.
Utilidades a la vista
Los trabajadores de empresas de más de 20 trabajadores recibirán el pago de su parte de las utilidades generadas por sus compañías en el 2015, así trabajen medio tiempo o tengan contratos a plazo fijo.
El plazo vence 30 días después de la presentación de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta, cuyo vencimiento fue el 8 de abril.