La Contraloría General determinó que funcionarios de la Municipalidad Distrital de Samanco elaboraron, autorizaron y pagaron planillas de gratificaciones por Fiestas Patrias, derivados del convenio colectivo, a favor de dos alcaldes, pese a que no les correspondía, lo cual ocasionó perjuicio económico a la entidad por S/4 470,00.
El servicio de control específico comprende el período del 1 de julio de 2015 al 31 de agosto de 2017, correspondiente a la revisión y análisis de la documentación relativa al hecho con evidencias de presunta irregularidad. Figuran como beneficiarios los ex alcaldes Francisco Ariza Espinoza y Dora Luzmila Loloy Chávez de Baltodano, quienes debieron recibir de acuerdo a la normativa S/ 300 como aguinaldo y se les otorgó S/2 730,00 y S/2 340,00 respectivamente.
(..) De la documentación proporcionada por la Entidad, se observó el otorgamiento de beneficios económicos provenientes de pacto colectivo a dos alcaldes, correspondientes a gratificación de julio, otorgado en los meses de julio de 2015 y agosto de 2017, respectivamente; no obstante, éstos se encontraban excluidos del alcance de los convenios colectivos suscritos con el Sindicato Único de Trabajadores Municipales de Samanco-SUTRAMUN, siendo aplicable únicamente a servidores sindicalizados. Dicho beneficio económico comprendió el otorgamiento del equivalente a un (1) sueldo íntegro o remuneración, como “
gratificación de julio”.
En el informe No. 041-2020-2-0344 , elaborado por el Órgano de Control Interno de la Municipalidad Provincial de Santa, se recomienda a la entidad a disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de las responsabilidades que correspondan de los funcionarios y servidores públicos de la Entidad, comprendidos en los hechos irregulares «Elaboración, autorización y pago de planillas de gratificaciones de julio por Fiestas Patrias, derivado de convenio colectivo a favor de funcionarios públicos, excluidos de estos beneficios por normatividad vigente, ocasionó perjuicio económico a la entidad por S/4 470,00, del presente Informe de Control Específico, de acuerdo a las normas que regulan la materia. (Conclusión n° 1)
La situación descrita ocasionó perjuicio económico a la Entidad por un total de S/4 470,00. La razón o motivo que dio lugar al hecho con evidencia de irregularidad se originó por la actuación del gerente Municipal, jefe de la Unidad de Personal, jefe de la Unidad de Presupuesto, jefe de Unidad de Contabilidad, jefe de la Unidad de Recursos Humanos, gerente de Planificación y Presupuesto, y gerente de Contabilidad de la Entidad, quienes en el ejercicio de sus funciones, elaboraron, autorizaron y pagaron planillas que otorgaban beneficios económicos, provenientes del convenio colectivo, por concepto de “gratificación de julio”, a los alcaldes en los períodos de 2015 y 2017, cuando éstos, según normativa vigente, se encontraban excluidos de percibir el referido beneficio económico.
El informe fue comunicado por la Contraloría al alcalde de la Municipalidad de Samanco, el pasado 11 de noviembre del 2020, para que en mérito de los argumentos jurídicos por presunta responsabilidad administrativa, disponga el inicio de los procedimientos administrativos a los funcionarios y servidores públicos involucrados en los hechos con evidencia de irregularidad. Así mismo, la Contraloría indica remitir dicho informe a la Procuraduría Pública de la entidad o a quien haga sus veces para el inicio de las acciones legales ante las instancias competentes.