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Recuay: Informe de ANA comprueba contaminación del agua por pasivos ambientales en Chirac

La Administración Local de Agua Huaraz, órgano desconcentrado de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), confirmó que la quebrada Chiriac presenta una preocupante contaminación por metales pesados, vulnerando los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para cuerpos de agua naturales, según el Decreto Supremo N.º 004-2017-MINAM.

El hallazgo fue formalizado en la Carta N.º 0685-2025-ANA-AAA.HCH-ALA.HZ, firmada digitalmente por el administrador local Roger Asunción Rodríguez Reyes, en atención a una solicitud de la ciudadana Paula Macaria Caro Chávez, vecina del distrito de Recuay proveniente de caserio de Chiriac. El documento también hace referencia al Informe Técnico N.º 0012-2025-ANA-AAA.HCH/OEAU, emitido tras la toma de muestras de agua superficial realizada el 14 de enero de 2025, como parte de una diligencia de constatación fiscal solicitada por la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental.

Metales tóxicos fuera de los rangos permitidos

Las muestras analizadas en los puntos QChir6, QChir y QChir3 revelaron concentraciones alarmantes de metales totales como aluminio (Al), arsénico (As), cadmio (Cd), cobalto (Co), cobre (Cu), manganeso (Mn) y zinc (Zn), todos fuera de los límites permitidos para la categoría 3, que corresponde al uso de agua para riego de vegetales y bebida de animales.

Particular preocupación genera el caso del zinc, cuyas concentraciones se elevaron desde 3.92 mg/L en zonas aguas arriba (QChir6, cerca de actividades mineras), hasta 14.762 mg/L después de la confluencia con un canal rústico (QChir3), superando más de tres veces los valores permitidos. Incluso antes de dicha confluencia, los valores ya eran ascendentes, evidenciando un patrón progresivo de contaminación.

Riesgos para la salud y el ambiente

Según el artículo 4 de la Resolución Jefatural N.º 056-2018-ANA, mientras un cuerpo de agua no cuente con una categoría asignada de manera formal, se le asigna automáticamente la del cuerpo receptor al que tributa, en este caso, el río Santa. Dado que este se encuentra clasificado en la categoría 3, cualquier contaminación que infrinja los límites establecidos para dicha categoría implica un riesgo directo para el ecosistema, los cultivos y la ganadería.

Recomendaciones y acciones inmediatas

En su numeral 11, el informe recomienda:

*“Encargar a la Administración Local de Agua Huaraz, remitir el presente informe a la Municipalidad Provincial de Recuay, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, la Dirección Regional de Energía y Minas y a la Unidad Desconcentrada de Protección del Medio Ambiente, para su conocimiento y acciones en el marco de sus competencias.”

Las entidades competentes están llamadas a intervenir para fiscalizar, sancionar y mitigar los impactos ambientales, dado que la situación podría estar relacionada con actividades mineras cercanas al cauce afectado.

Transparencia y acceso a la información

Este documento es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por ANA, cuya autenticidad puede ser verificada en la plataforma oficial: https://sisged.ana.gob.pe/consultas

(DEJC)

admin

admin@ancashaldia.com

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